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Noticias de Credimacoop

Contingencia COVID-19


05-04-2020
Estimados Socios y Clientes, junto con saludarles cordialmente y esperando que se encuentren bien, especialmente de salud junto a sus familias, les avisamos de algunas informaciones de importancia:
La Cooperativa se encuentra ubicada en la Comuna de Santiago, que entra en cuarentena a contar de este Jueves 26 de Marzo de 2020 a las 22:00 hrs. y hasta que la autoridad lo determine.
Como institución financiera, la Cooperativa podrá funcionar con algunas restricciones, por lo tanto, para los trámites esenciales que deban realizar socios y clientes, se atenderán nuestras oficinas entre las 9:00 y las 17:00 hrs. (Para ello Ud. necesitará salvoconducto otorgado en www.comisariavirtual.cl)
No obstante, lo anterior, para pagos, prefiera realizar depósitos o transferencias bancarias a la Cuenta Corriente de la Cooperativa en el:
Banco Santander - N° 04-0767039-7 a nombre de "Cooperativa Macul Ltda."
Rut: 70.777.900-4
y dando aviso al E-Mail: micooperativa@credimacoop.cl y/o al Whatsapp: +56962415010
En caso de consultas y llamar a nuestros teléfonos, no pudiendo ser atendido, por favor preferir el
E-Mail: micooperativa@credimacoop.cl o el Fono/Whatsapp: +56962415010
Aprovechamos de informar a Ud., que, ante la contingencia, entendemos que habrá casos especiales que podrían tener dificultades para cumplir con sus obligaciones, para lo cual se revisará caso a caso durante los meses de Marzo y Abril de 2020. Por favor, al respecto, avisar al mismo e-mail o teléfono informado anteriormente.
En caso que la Autoridad decrete medidas más restrictivas de funcionamiento o cierre total, se estará informando por este medio y por los demás medios remotos como e-mail o whatsapp.
Finalmente, les deseamos y confiamos que pasen esta emergencia sanitaria, sin mayores inconvenientes, junto a sus familias, y les solicitamos que se cuiden lo más posible, cumpliendo las recomendaciones de la autoridad sanitaria, quedándose en casa, dentro de sus posibilidades y así, superar todos juntos, esta contingencia.
Un abrazo virtual:
Gerente, Directorio y Equipo Administrativo Credimacoop Ltda.
Mas información sobre el Covid 19:

Ley de Alzamiento


15-03-2021
¿Cuál es el objetivo de la Ley?
El objetivo es liberar al deudor que paga totalmente sus créditos de la obligación de efectuar los trámites para el alzamiento de su hipoteca o prenda. De esta manera, si la persona (socio) que contrata un crédito con garantía hipotecaria o prenda sin desplazamiento, y haya realizado el pago total de las cuotas, la cooperativa (cualquier institución financiera) debe alzar la garantía, sin obligar al contratante a realizar trámites adicionales.
¿Cuál es el plazo máximo para realizar el alzamiento?
Se establece un plazo máximo de 45 días desde que el deudor (socio) paga toda la deuda para que la Cooperativa (Institución Financiera) otorgue la escritura de alzamiento de la garantía y la ingrese para su inscripción, sin que sea necesario que el deudor lo requiera, siempre que se trate de operaciones que presentan una garantía específica. A este plazo, debe agregarse el tiempo de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces o Servicio de Registro Civil, según corresponda.
¿Cuál es el procedimiento en los casos de hipoteca o prenda específica?
La hipoteca o prenda específica es aquella en que queda hipotecado o prendado el bien para cubrir un solo crédito. En estos casos, una vez extinguida totalmente la deuda el proveedor del crédito deberá, a su cargo y costo, otorgar la escritura pública de alzamiento de la hipoteca o prenda, y de los demás gravámenes y prohibiciones que se hayan constituido e ingresarla para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces o Servicio de Registro Civil respectivo según corresponda.
¿Qué pasa con las llamadas hipotecas o prendas generales?
Las hipotecas o prendas generales son aquellas que se constituyen para garantizar más de una deuda con un mismo acreedor. Una vez pagadas íntegramente las deudas garantizadas, tanto en calidad de deudor principal como en calidad de aval, fiador o codeudor solidario, la cooperativa (institución financiera) deberá informar por escrito al deudor que la garantía se encuentra en condiciones para ser alzada. El plazo para efectuar esta comunicación es de hasta veinte días corridos.
¿Cómo se le informa al ex deudor en el caso de una hipoteca o prenda general?
A través de cualquier medio físico o tecnológico idóneo. Se debe informar al último domicilio registrado por el deudor con el proveedor de los créditos. Entonces, el proveedor del crédito deberá requerir el otorgamiento de la escritura pública de alzamiento de la hipoteca o prenda, y de los demás gravámenes y prohibiciones que se hayan constituido. Luego, deberá inscribir el alzamiento de la hipoteca en el Conservador de Bienes Raíces o Servicio de Registro Civil respectivo según corresponda.
¿Quién asume el costo de las gestiones?
En ambos casos (hipoteca/prenda general o hipoteca/prenda específica) el costo lo asume el proveedor del crédito (en este caso la cooperativa). Inicio de vigencia de la nueva ley: 23 de enero de 2016, favoreciendo incluso a aquellos que hayan pagado íntegramente sus respectivos créditos hipotecarios o con prenda, hasta seis años antes de la entrada en vigencia.

¿Qué es la portabilidad financiera?


08-09-2020
La Portabilidad Financiera es una nueva ley (N° 21.236 que entró en vigencia el 08-09-2020) que facilita a todas las personas que tengan contratados productos financieros, tales como cuentas, chequeras, líneas de crédito, tarjetas y créditos, poder cambiarse de institución financiera en el menor tiempo posible y el menor costo para el cliente. Puedes solicitar la portabilidad de uno, de varios o de todos tus productos. No existe un límite máximo de solicitudes, por lo tanto, puedes hacerlo todas las veces que lo requieras. El objetivo de la ley de portabilidad financiera es seguir un modelo similar al utilizado con la portabilidad telefónica: es decir, se busca un beneficio directo para el cliente, ya que puedes optar a un mejor servicio, mediante un trámite muy fácil y sencillo de realizar.
¿Cómo lo hago para portarme?
* Puedes elegir un banco o institución financiera a la que quieras cambiarte y solicitar tu portabilidad. Ellos se contactarán con tu institución actual, donde tienes contratados tus productos. El proceso se lleva a cabo entre ambas entidades y no tienes que preocuparte de nada más, hasta recibir tu confirmación.
* También puedes pedir tu certificado de liquidación en donde actualmente eres cliente, llevarlo al banco o institución financiera a la que quieras cambiarte e iniciar el proceso. Este documento es gratuito y contiene un listado con el detalle de todos tus productos (cuenta vista, corriente o de ahorro, chequera electrónica, línea de crédito, tarjeta de crédito o débito, crédito hipotecario o de consumo) las tasas, comisiones y el valor total de tus créditos.
Información exclusiva para Instituciones Financieras que requieran iniciar su proceso de portabilidad:
Para efectuar sus solicitudes de certificados de liquidación y certificado de pagos de impuestos de timbre y estampilla (cuando proceda), enviar solicitud al correo electrónico:
micooperativa@credimacoop.cl; Fono: (+56) 2 2784 1890
Mas información en:
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